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Impuesto vehicular · Bogotá D. C.

Impuesto vehicular en Bogotá D. C.: plazos y descuentos de 2026

Después del 28 de junio la declaración se presenta con sanción por extemporaneidad.

Llave de carro y una placa metálica en blanco sobre un escritorio, al lado de un documento doblado
El impuesto lo liquida Secretaría Distrital de Hacienda, sobre los vehículos matriculados en Bogotá D. C..Imagen: IA · TW News
Descuento por pronto pago
10 % hasta 24 may
Plazo sin sanción
28 jun
Estado en agosto de 2026
Vencido

Qué se paga hoy

El plazo del periodo 2026 en Bogotá D. C. ya cerró, así que la liquidación suma tres componentes: el impuesto sin descuento, la sanción por extemporaneidad por cada mes o fracción de retardo, y los intereses de mora que corren día a día.

Los intereses de mora se liquidan tomando como referencia la tasa de usura certificada por la Superintendencia Financiera, que en agosto de 2026 quedó en 29,66 % efectivo anual. Es el componente que hace que un retardo largo cueste más de lo que sugiere la sola sanción.

El calendario de Bogotá D. C. en 2026, punto por punto

  • El pago con 10 % de descuento se pudo hacer entre el 1 de enero y el 24 de mayo.
  • El plazo para declarar y pagar sin descuento y sin sanción se extendió hasta el 28 de junio.
  • A diferencia de otros departamentos, en el Distrito el impuesto se presenta mediante declaración, no solo con un recibo de pago liquidado.
  • La ciudad concentra el mayor número de vehículos matriculados del país, y el sistema suele congestionarse en los últimos días de cada ventana.

Lo propio del periodo en Bogotá D. C.

En el Distrito el impuesto se presenta mediante declaración, no solo con un recibo de pago liquidado. Es una diferencia de forma que importa cuando hay algo que corregir: una declaración se enmienda con otra declaración, con el procedimiento y los términos que eso implica.

El descuento del 10 % estuvo abierto desde el 1 de enero hasta el 24 de mayo, y el plazo para declarar y pagar sin sanción se extendió hasta el 28 de junio.

Bogotá concentra el mayor número de vehículos matriculados del país y el sistema suele congestionarse en los últimos días de cada ventana, así que conviene que la fecha del trámite y la fecha límite no sean la misma.

Lo que se necesita para liquidar

La placa y el documento del propietario registrado. La liquidación se hace en el portal de rentas de la gobernación que tiene el vehículo matriculado (no en el de la ciudad de residencia) y el sistema calcula el impuesto, la sanción y los intereses al día del pago. El trámite de Bogotá D. C. se atiende en el portal de la Secretaría Distrital de Hacienda.

El procedimiento completo, la tarifa por rango de avalúo y los errores que más generan cobros duplicados están en la guía del impuesto vehicular.

Cómo se compara con los otros departamentos

El descuento por pronto pago en Bogotá D. C. fue de 10 % hasta 24 may y el plazo sin sanción venció el 28 jun. Cundinamarca manejó el mismo plazo. Valle del Cauca no ofreció descuento en el periodo. Comparar sirve para una sola cosa: el calendario de un departamento no dice nada del de otro, ni siquiera cuando son vecinos.

Son dos fechas distintas y confundirlas cuesta dinero. La primera cierra el descuento; la segunda cierra el pago sin sanción. En Bogotá D. C. las separan varias semanas, tiempo suficiente para creer que todavía hay descuento cuando lo que queda es solo el plazo. La liquidación del portal aplica lo que corresponda a la fecha del pago, no a la fecha de la consulta.

Quién responde por el impuesto

La Secretaría Distrital de Hacienda administra el tributo, y el responsable frente a la administración es siempre el propietario que figura en el RUNT: mientras un traspaso no quede registrado, la liquidación llega a quien aparece en el registro, aunque el vehículo se haya vendido años atrás. Cómo se reparte el recaudo, cómo se fija la base gravable y en cuánto tiempo prescribe la acción de cobro son reglas nacionales, iguales en los cuatro departamentos, y están explicadas en la guía del impuesto vehicular.

Preguntas sobre el impuesto vehicular en Bogotá D. C.

¿Todavía puedo pagar el periodo 2026 en Bogotá D. C.?

Sí, pero con recargo: el plazo sin sanción venció el 28 jun y la liquidación suma el impuesto sin descuento, la sanción por extemporaneidad del 5 % por mes o fracción con piso de 10 UVT, y los intereses de mora al 27,66 % efectivo anual.

¿Qué descuento aplicó Bogotá D. C. en 2026?

El descuento fue de 10 % hasta 24 may, y su cierre es anterior a la fecha límite para pagar sin sanción. Son dos fechas distintas y confundirlas es la causa más frecuente de pagos tardíos.

Vivo en otra ciudad pero mi carro está matriculado en Bogotá D. C., ¿dónde pago?

Aquí. Manda el lugar de matrícula, no el de residencia, y eso solo cambia con el traslado de matrícula, que exige estar al día en impuesto y comparendos.

¿El calendario de Bogotá D. C. sirve de referencia para el año próximo?

No. Cada periodo se define por ordenanza o decreto del año, así que las fechas de 2026 no anticipan las de 2027 y tampoco valen para otro departamento: Antioquia, Cundinamarca, Valle del Cauca manejaron su propio calendario en el mismo periodo. La fecha vigente se confirma en el portal de la Secretaría Distrital de Hacienda antes de liquidar.